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Agilizan trámite para autorización de empleo a refugiados en EEUU


USCIS informó que agilizarán el trámite de autorización de empleo para refugiados en EEUU
USCIS informó que agilizarán el trámite de autorización de empleo para refugiados en EEUU

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) publicó el nuevo proceso simplificado para la autorización de empleo a personas refugiadas en el país, acortando el plazo a 30 días en lugar de varios meses de espera.


USCIS explica que esta medida abarca a personas admitidas como refugiadas en Estados Unidos desde el 10 de diciembre de 2023 y simplifica un proceso que era calificado como "tedioso" por los documentos impresos que debían presentarse, provocando un retraso excesivo en la expedición del Documento de Autorización de Empleo (EAD por sus siglas en inglés).


El nuevo sistema es completamente automatizado y no requiere que las personas admitidas como refugiadas soliciten el EAD, permitiendo un procesamiento y adjudicación más eficiente del formulario I-765 y una entrega rápida una vez sean aprobados.


"Con este nuevo proceso, USCIS creará de manera digital un formulario I-765 para cada refugiado que llega y comenzará a adjudicarlo tan pronto como sean admitidos en Estados Unidos. Después que USCIS apruebe el formulario de un refugiado, estos generalmente recibirán su EADen una o dos semanas", explica la institución.

El documento de autorización de empleo será enviado al refugiado a través del servicio de correo prioritario del Servicio Postal de Estados Unidos a la dirección registrada. El plazo puede variar, por lo que USCIS recomienda esperar 30 días antes de consultar el estado de la solicitud.


Junto con el EAD, USCIS realizará el trámite para que la Administración de Seguro Social le asigne un número de Seguro Social y le sea enviada por correo la tarjeta del Seguro.



"USCIS reconoce que los documentos tales como un EAD y la tarjeta de seguro social son de gran importancia para la capacidad de integración de un refugiado recién llegado, y este nuevo proceso es el resultado de la coordinación entre el Gobierno Federal para apoyar el Programa de Admisiones de Refugiados de Estados Unidos y la integración de los refugiados", señala.

Asimismo, aclara que este proceso simplificado no aplica a los refugiados de reunificación familiar conocidos como "following to join", que han sido admitidos en el país con base en el formulario I-730, petición de familiar de refugiado asilado.


Otra excepción es que las personas con estatus de refugiado que busquen un reemplazo o renovación del Documento de Empelo deben completar y enviar el formulario I-765-

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