Este sábado se cumpliran 10 años del fallo de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) que modificó los límites en el mar Caribe entre Nicaragua y Colombia, la sentencia fue un 19 de noviembre de 2012.
La Haya le mantuvo a Colombia la soberanía sobre el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, así como de los cayos que lo integran, y conservó 12 millas náuticas del agua que rodea estos territorios. En cambio Nicaragua perdió casi 75.000 kilómetros cuadrados de mar, aunque el país asegura que son más de 90.000 los kilómetros cuadrados que ganó.
De esta forma, Nicaragua pudo extenderse al este del meridiano 82, considerado por Colombia como la frontera común en virtud del Tratado Esguerra-Bárcenas, firmado en 1928 y demandado por el país centroamericano ante la CIJ en diciembre de 2001.
Esta sentencia dio lugar a nuevas demandas ante ese tribunal con sede en La Haya, después de 10 años la disputa continua, el próximo 5 de diciembre comenzarán las audiencias sobre la delimitación de la plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas desde la costa nicaragüense.
El abogado colombiano en derecho Internacional Ricardo Abello Galvis, dijo a la agencia internacional EFE que lo que han hecho estos diez años es decir que "no se va a cumplir, que no se puede cumplir".
Colombia asegura que acatan pero no lo cumplen, con el argumento de que los límites del país solo pueden ser modificados por un tratado internacional aprobado por el Congreso.
En el 2013 Nicaragua pidió a la Corte que se declarara el "rumbo exacto" de la frontera marítima, "más allá" de los límites de 200 millas definidos en la sentencia de noviembre de 2012, así como que se le exigiera a Bogotá la derogación de leyes "incompatibles con la sentencia" y la revocación de permisos otorgados a los buques pesqueros colombianos que faenan en las aguas en disputa.
En respuesta, Colombia contrademandó, alegando que Nicaragua "ha violado los derechos de pesca artesanal de los habitantes del archipiélago, en particular de la comunidad raizal", pues sus bancos de pesca tradicionales quedaron fuera de las 12 millas náuticas estipuladas en el fallo anterior.
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